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Fecha de respuesta: Miércoles 02 de Marzo de 2011 16:41 2011-03-02 16:41 desde IP: 187.194.48.187
1..o te mencione hay escuelas de interpretaciòn del conocimiento de las leyes...
2...mi apreciaciòn es en materia mercantil...en bas al 1076 del codigoi de comercio...
3...en materia civil ...CUALQUIER ESCRITO PRESENTADO ROMPE CON LA CADUCIDAD...en queretaro...el criterio es ese... luego entonces... si hay un escrito preguntado a que hora abre el juzgado... asì se le señale que es un documento inapropiado y tendencioso... ya se rompiò la caducidad... cualquier escrito... hasta el que te comentaba... preguntar si ya caduco, te van a contestar que no....porque la parte esta moviendo el expediente... suerte y estamos en contacto... un beso..
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