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AutorRespuesta No: 213027
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Fecha de respuesta: Lunes 28 de Febrero de 2011 21:47 2011-02-28 21:47 desde IP: 189.208.200.29
En respuesta a su consulta, le informo.
Salvo que usted incurra en una causa de las señaladas en el artículo 47, de la Ley Federal del Trabajo, que permita al patrón a rescindirle su contrato de trabajo sin responsailidad para él, la circunstancia que usted esté gestando, no es suficiente para que la despida, y si lo hace, incurrirá en un despido injustificado, teniendo usted por tanto, en ese caso, el derecho a demandarlo, pudiendo optar por reclamar su reinstalación en el puesto en lasmismas condiciones en que lo venía prestando, o bien, el pago de un indemnización constitucional.
De presentarse esa situación, usted deberá asistirse de un abogado especialista en derecho laboral, a fin de que lleve a cabo los trámites legales que sean necesarios.
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