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Fecha de respuesta: Domingo 27 de Febrero de 2011 18:19 2011-02-27 18:19 desde IP: 187.194.17.227
Buenas Tardes:
Como dice por ahi un forista.
Haga caso omiso de lo que tenga que decir el Lic. Velazquez, asì como el Lic. Gonzalez Flandes (Primus Tribunus).
El Nacional Monte de Piedad y el Monte Pio Luz Saviñon, tienen facultad para hacer prestamos hipotecrios a corto plazo, lo que se conoce como empeño.
Los demas engendros de la economìa que se dedican al empeño, tienen que tener en su escritura pùblica, esa facultad, sin ella, no les es posible hacer valer actos de empeño de bienes inmuebles, conocidos entre nosotros como hipotecas.
Ahora bien, una cosa es la funciòn notarial, y otra la transcisiòn de actos de dominio sobre bienes inmuebles, era muy comun en los estados de la repùblica que el agiotista recibiera en garantia las escrituras de una casa, y con su copia de contrato privado de prestamo, podia y puede, presentarse ante el registro pùblcio, sin que medie notario, e inscribir un gravamen que no puede durar mas de tres años sobre el inmueble, al efecto de que no se venda, ceda, done o se hagan actos de dominio, y avisando que esta sujeto a un prestamo privado.
Cuando por desconocimiento de la ley y su aplicaciòn, el registrador, se negare a hacer el gravamen. esta el juez de partido, sea este municiàl o menor que hace las veces de notario de la poblaciòn, del juez de primera instancia y en su caso del notario pùblico, para que por medio de esteos y a su orden, se grave la propiedad en cometo.
Si quien otorgo el prestamo como empeño, prenda o hipoteca, lo hizo, sin que mediara un asiento o gravamen ante el registro pùblico, dejo de tener valor su documento y carece de fuerza juridica para invalidar la venta o tratar que tu pagues la deuda que puediera existir o no entre el empeño y la vendedora.
Esta e una de las excepciones de la frase que reza: "el accesorio sufre la suerte del principal", al cambiar de dueño la casa y no estar registrada la deuda, no estas obligado a pagarla o reconocerla.
Lic. Velazquez, apena usted al foro, ya que Tango tiene toda la razòn del mundo, de ser usted una luz de esta pàgina se ha vuelto amargado y engreido, se la pasa atacando y como el Lic. Gonzalez Flandes, quien se la pasa atacando, sin dar ninguna salida, consulta o respuesta.
Amen de que ambos han dejado mucho que decir de la situaciòn mas comùn, el empeño de una casa para salir de un problema. Y bo vayan a salir con tecnisismos legales, eso no lo necsita el consultan, necesita el apoyo, y fin a la angustia,
le van a quitar su casa?
tendra que pagar una deuda que no se comprometio?
Para ambas la respuesta es: no.
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