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  • Consulta : 103651
  • Autor : Rosen
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  • Rosen
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    (Resumen de Actividades)

     

    TANGO210:

    Si nos remitimos a uno de los comentarios que hace SERGIO A, nos podemos dar cuenta que efectivamente al tener ACTUALMENTE la supuesta “afectada” los 18 años de edad, los padres ya no cuentan con la representación de la misma (POR LO QUE TENDRIA QUE SER ELLA LA QUERELLANTE), y si alguien tuvo conocimiento de los hechos por lógica elemental…..?????????, pues es ella misma, y el término de la presentación de la querella, ha transcurrido en exceso (la ley nos tipifica solo UN AÑO).

    Ahora bien, aquí la pena máxima que nos señala el Código Penal por estupro, es de 4 años, pero si ELLA echa mentiras ante el MP diciendo que los hechos ocurrieron solo un mes antes de cumplir los 18 de edad, la penalidad se pudiera ir a los 7 años de prisión (Art 312 del Código Penal) si le acreditan la falsedad, por lo que en estos casos, (AUNQUE SU EXPERIENCIA SEA OTRA) luego el caldo les puede salir más caro que las albóndigas, y seria a ella a la que le cargarían el problema.

    SALUDOS