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  • Consulta : 103589
  • Autor : dorae
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  • Autor
    Respuesta No: 212632

  • dorae
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Si recientemente acaba de obtener su pensión (Art. Decimo transitorio de la Ley del ISSSTE), bueno además del pago mensual de la propia pensión, tiene derecho a:

    • Servicio médico y medicinas para el pensionado y sus beneficiarios.
    • Seguro de retiro.
    • Ahorro para el retiro (SAR) y si no tiene crédito hipotecario, también el ahorro del fondo de vivienda.

    No me queda muy claro que quiere decir con “…devoluciones y ayudas…”, si amplia su consulta, tal vez pueda darle una respuesta más especifica.