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AutorRespuesta No: 212763
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Fecha de respuesta: Sábado 26 de Febrero de 2011 20:31 2011-02-26 20:31 desde IP: 189.234.199.193
Buenas Noches:
Todo aquello que contradiga la formal legal predispuesta por el còdigo civil, y siempre que esta ùltima lo mencione, hace nula la clausula que contradiga a las dispociciones de ley.
El ejemplo lo da en forma sobrada el Maestro Garovalo, que es excesivo en sus ejemplos, tratando de darse a entender, como el dice.
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