Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 103449
  • Autor : garovalo
  • Consultas en Foro: 34
  • Respuestas en Foro: 23202
  • Vox Populi: Política: Derecho: Anecdotario:
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 6726
  • : 76 %
  • : 23 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 212358

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    vamos a ver si me puedo dar a entender...

    un contrato es una ley.... la cosntituciòn politica... se le puede llamar contrato social...es el pacto por medio del cual...el estado y los gobernados se pornen de acuerdo... yo te gobierno y tu te dejas gobernar....

    tu contrato es una ley que rige la forma en que van a manejarse en forma exclusiva... entre arrendador y arrendatario...

    su forma se basa en el texto del codigo civil...

    debes buscar y leer...en la parte de derechos de arrendatario...te va decir que los DERECHOS no son renunciables...pero debes buscarla y encontrarla...para entenderla...

    para que cuando contrates un abogado...no te diga que no hay nada que hacer... cuando un derecho es irrenunciable...la clausula es nula de pleno derecho...suerte....