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Fecha de respuesta: Miércoles 23 de Febrero de 2011 20:04 2011-02-23 20:04 desde IP: 187.144.167.253
Mis amigos....esos tarados...tu amigo es un codigo civil...un codigo penal....
incia acciòn penal por el incmplimiento de la pensiòn...y por favor no vayas a salir con la tonteria....y no convive con el niño....eso no es juridico...
con las copias penales ...inicia acciòn de pago y aseguramiento de pensiòn...guarda y custodia....perdida de patria potestad....
cuando este en la carcel...llgas al convenio en el civil...tus suegros saben que hacer... tu abogado sabe que hacer.... y dejate de sentimentalismos baratos.... dejarlo estudiar para que crezca...solo los tardos dejan de trabajar para estudiar...si no puede hacer las dos cosas.... es un inutil....
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