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Fecha de respuesta: Miércoles 23 de Febrero de 2011 11:08 2011-02-23 11:08 desde IP: 187.159.22.148
Muy buenos días usuario, me pongo a sus órdenes para ayudarlo, hay qué checar como lo indica mi colega, los vicios que contenga el Acta de Inicio de Procedimiento Administrativo en Materia Aduanera, para poder dejar sin efectos los créditos fiscales que se le imen, aclarándole que si no existe un cumplimiento en cuanto a regulaciones y restricciones no arancelarias del vehículo, el mismo sí pasará a propiedad del Fisco Federal y no se puede hacer nada para remediarlo, puesto que ya existieron facultades de comprobación, pero los créditos fiscales sí se pueden dejar sin efectos.
Mis datos puede encontrarlos en mi oficina virtual, saludos.
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