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Fecha de respuesta: Martes 22 de Febrero de 2011 21:40 2011-02-22 21:40 desde IP: 187.194.21.2
"Si la omisión en el cumplimiento de las obligaciones alimentarias, ocurre en incumplimiento de una resolución judicial, las sanciones se incrementarán en una mitad."
este no es el caso, ya que hay un convenio...tendras que hacer un incidente de cumplimiento de convenio...en el que presentaras una planilla de liquidaciòn de pensiones vencidas y no cubiertas...una vez que obtengas la sentencia,,,deberàs de hacer actos de ejecuciòn para lograr el cobro....cuando no puedas cobrar en la via civil... es cuando puedes iniciar y hasta entonces iniciar...la acciòn penal...y no antes...debes demostrar todos y cada uno de los puntos del delito...con uno que falte...con ese... ya no se da y se evade de la accion de la justicia penal....
tu abogado sabe que hacer...no intentes hacer nada...pero nada...sola...lo vas a echar a perder....
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