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  • Consulta : 103004
  • Autor : tuasesorlegal.mty
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  • Autor
    Respuesta No: 211852

  • tuasesorlegal.mty
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Digale a la mama de ese niño... que si Usted no lo Registra Ninguna obligacion tiene, Legalmente debe registralo para tener la obligacion de alimentos y el derecho de convivencia... Sugiero que Usted NO se deje manipular por acuerdos privados, contrarios a la letra de la ley.-

    Registrelo, mantengalo y conviva con El.- no lo haga de otra manera