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Fecha de respuesta: Lunes 21 de Febrero de 2011 21:17 2011-02-21 21:17 desde IP: 189.171.161.72
Estimado Sergio A. :
Para cumplir con la calidad fehaciente o indubitable del requerimiento, pero se carece de los recursos económicos para solventar la gestión notarial, yo recomiendo utilizar la figura de las DILIGENCIAS DE JURISDICCION VOLUNTARIA, donde al igual el interesado deberá cubrir ciertos honorarios mínimos de un abogado.
Como el destinatario de la notificación es un abogado, recomiendo la intervención notarial o la judicial, a fin de evitarse excepciones o defensas por falta del cumplimiento de formalidades. Ante la falta de un domicilio convencional dentro de las relaciones cliente-abogado, me parece que la notificación por telegrama no reune la calidad "indubitable".
Saludos cordiales.
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