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  • Consulta : 102837
  • Autor : tuamigoabogado
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  • tuamigoabogado
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

     

    DAAINE

    No se puede ni se debe y ningún fundamento existe para contraer matrimonio entre personas con notorio retraso intelectual, el derecho es una ciencia no una trascripción de las normas o tratados, el abogado está capacitado para entenderlas y saberlas interpretar en ningún país del mundo real, se puede celebrar el matrimonio con personas con s.d. va a más de un simple retraso intelectual existe deformación física y no solo la apariencia física del individuo, para opinar tienes que conocer la deformación genética y el daño intelectual del sindrome y en el caso de los matrimonios documentados casados por su culto, existían muchos problemas son dos niños que corren riesgo de quemar la casa cuando preparan la comida, pueden dañar a sus hijos o descuidarlos etc, el matrimonio civil es una institución, no es un capricho como algunas personas pretenden, como acertadamente como lo expone el Colega Aztecas (le mando un afectuoso saludo) los fines del matrimonio son la familia y esta es el núcleo de la sociedad y en todas las culturas ancestrales sabiamente se ha impedido dichos matrimonios, por el bien superior de su sociedad