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  • Consulta : 102683
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 212883

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Los 45 días hábiles vencen el 12 de abril de 2011, y la demanda se presenta ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Admnistrativa de la región que le coresponda por territorio en su domicilio fiscal, en donde los demandados son el SAT y la Secretaría de Hacienda. Toda vez que dice contar con abogados, ellos ya deben saber lo que tienen que hacer. Sin embargo, para que le determinaran un crédito fiscal por esa cantidad es claro que sus cuentas bancarios fueron utilizadas para fines no muy claros, "sea sincera", Por esa cantidad no tiene ningún sentido garantizar el crédito fiscal además de la imposibilidad de hacerlo. Haga un análisis de sus actividades bancarias y verifique si no han sido utilizadas indebidamente por terceros con o sin su consentimiento, de ser así, el delito de evasión fiscal es lo de menos.