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AutorRespuesta No: 211319
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Fecha de respuesta: Viernes 18 de Febrero de 2011 20:44 2011-02-18 20:44 desde IP: 187.194.32.27
la ley faculta al tenedor del documento a llenar los espacios vacios...no es un delito... y no impide su cobro... articulos 12---13---14---15 de la leye general de titulos y operaciones de credito....
si firmaste... contratataste una obligaciòn y nada impide su cobro....
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