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Fecha de respuesta: Viernes 18 de Febrero de 2011 02:20 2011-02-18 02:20 desde IP: 189.217.68.200
Como bien lo comenta tuasesorlegal.mty salud2, contra las sentencias en amparo directo no procede ningún recurso. El recurso de revisión solo es procedente cuando en dicha sentencia se resuelva o se decida sobre la constitucionalidad de una ley o se establezca la interpretación directa de un precepto constitucional.
Saludos
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