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AutorRespuesta No: 211053
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Fecha de respuesta: Jueves 17 de Febrero de 2011 15:00 2011-02-17 15:00 desde IP: 189.136.54.4
Consultante:
Pide al juzgado que se habiliten días y horas inhábiles para practicar la diligencia de requerimiento de pago, y embargo, ok.
Ahí tu abogado se debe poner trucha, debe hacer una labor de investigación, para estar al pendiente de ver a que hora sale y a que hora llega la deudora, porque por lo que comentas se esta escondiendo.
Si te dijeron que ya no vive ahí, que tu abogado gire oficios al IFE, IMSS, para saber si cuentan con un domicilio de la deudora, si " bota " el mismo domicilio, haz el embargo en la casa que señalaste.
También pueden hacer una investigación en el Registro Público de la Propiedad, para ver si la demandada cuenta con bienes raices inscritos a su nombre.
Pide al actuario que deje citatorio, si la deudora no se encuentra, haz la diligencia con quien se encuentre en el domicilio, tu embarga, a ti no te corresponde probar que no son bienes de la demandada, en todo caso es ella quien tiene que probar que no son de su propiedad.
La verdad tu abogado se esta duermiendo, lo más dicil es emplazar y ejecutar una sentencia, pero se puede.
Ponte lista o cambia de abogado.
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