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  • Consulta : 102089
  • Autor : Primus Tribunus
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  • Autor
    Respuesta No: 210756

  • Primus Tribunus
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    oly flores:

    En el derecho penl las imprudencias nunca son compensables, lo que significa que el conductor imprudente debe asumir toda la responsabilidad excepto cuando la imprudencia del peatón sea de tal magnitud que sea la única causa de su atropellamiento, como por ejemplo, salir de entre dos vehículos estacionados sin dar la oportunidad de que sea visto y de que se evite el atropellarlo..