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Fecha de respuesta: Lunes 14 de Febrero de 2011 19:17 2011-02-14 19:17 desde IP: 189.194.104.3
si no ha llegado el programa procede entonces no pueden fraccionarl hasta la fecha son derechos comunales sobre el mismo ejido, mas no hay una certificacion donde cada area obtenga titulo parcelario,
tu tio puede ceder los derechos a otro y presentarlo a la asamblea ejidal justificando por tal o cual razon , de alli el ejido reconoce (a veces no, por alguna razon) al nuevo su derecho ,
si el programa procede ya dio fin a la certificacion parcelaria entonces podrian vender y escriturar y registrarse como esctritura publica,
si procede no ha llevado a cabo tal certificacion entonces no pueden vender , solo ceder
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