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  • Consulta : 101977
  • Autor : zutareko
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  • Autor
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  • zutareko
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    si no ha llegado el programa procede entonces no pueden fraccionarl hasta la fecha son derechos  comunales sobre  el mismo ejido, mas no hay una certificacion donde cada area obtenga  titulo parcelario,

     

    tu tio puede ceder los derechos a otro  y presentarlo a la asamblea ejidal justificando por tal o cual razon , de alli el ejido reconoce  (a veces no, por alguna razon) al nuevo su derecho  ,

    si el programa procede ya dio fin a  la certificacion parcelaria entonces podrian  vender y escriturar y registrarse como esctritura publica,

    si procede no ha llevado a cabo tal certificacion entonces no pueden vender , solo ceder