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  • Consulta : 101971
  • Autor : F430LEGAL
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  • Autor
    Respuesta No: 210549

  • F430LEGAL
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Consultante:

    Solo se pueden embargar bienes del deudor o aval, recomiendo que haga una busqueda de antecedentes registrales , en el Registro Público de la Propiedad de su entidad, para saber sobre la existencia de algún bien inscrito a nombre del deudor.

    Puede embargar muebles, créditos, negocios.