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  • Consulta : 101924
  • Autor : F430LEGAL
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  • Autor
    Respuesta No: 210496

  • F430LEGAL
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Consultante:

    Deberá promover un medio prepatarorio , para que la persona que habita el inmueble sea citada y declare en  cálidad de que, se encuentra en posesión de la casa y con ello se pueda acreditar la existencia de un contrato de arrendamiento.

    Teniendo acreditado el contrato de arrendamiento, demanda la rescisión del mismo, por la falta de pago de las pensiones rentísticas.

    Asistase de un abogado.