- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 101862
- Autor : gad sosa
- Consultas en Foro: 0
- Respuestas en Foro: 57
- Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 6898
-
: 0 % -
: 0 %
-
AutorRespuesta No: 211078
-
Fecha de respuesta: Jueves 17 de Febrero de 2011 17:04 2011-02-17 17:04 desde IP: 189.144.113.151
El concubinato, se da por el tiempo que han vivido juntos o cuando ya se tiene un hijo, no es necesario que pasen los 5 años como lo comenta el forista que me antecede.
Por lo que hace al juicio, se le puede demandar la pension alimenticia, a si como la guarda y custodia.
Y desde el momento que regitro al menor, ya no lo puede desconocer, no es necesario que se llega a algun juicio como lo comentan.
-
Autor





