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AutorRespuesta No: 360784
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Fecha de respuesta: Miércoles 23 de Julio de 2014 03:58 2014-07-23 03:58 desde IP: 189.249.131.57
yugynet:
te preguntas que te pueden hacer, lo usual de los abogados de empresas en iniciar una denuncia por algún delito de orden patrimonial, sin embargo, el acusador debe probar con al menos un informe de auditoria no solo que existe un faltante, sino que éste, es ilícito y ello se advierte primero, sobre las secuencias de todo el procedimiento de la venta hasta el ingreso del dinero, así como un cruce de información con la del adquirente, circunstancia que no es tan simple. El hecho de que seas acusada ante el Ministerio Público, es distinto en el Estado de México al del Distrito Federal, en el primero existen ya los llamados juicios orales y en éste no, y se ignora cual es competente pues no indicas en que entidad está situada la empresa, sin embargo, en ambas adquieres ipso facto derechos que te permiten enfrentar la acusación, tal como el derecho al silencio, es decir para no incriminarte, el derecho de contar con un abogado oficial para tu defensa [sin cobro alguno] así como el principio de inocencia que obliga a la autoridad a demostrar que probablemente cometíste un delito, por ende, no es ni tan fácil ni tan rápido que pretendan procesarte, por lo que te pido serenidad. En cuanto al outsorcing desde la perspectiva laboral puede acreditarse el lazo jurídico - económico con la empresa, por ello, no me parece que sea una defensa a tu favor que además, me parece inutil.
Estoy de acuerdo con la respuesta de "tuamigoabogado" que es una variante atractiva, sin embargo, de existir una acusación deberás enfretarla. Saludos
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