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Fecha de respuesta: Viernes 11 de Febrero de 2011 00:00 2011-02-11 00:00 desde IP: 189.217.150.4
Distinguida lanalan_15
Como acertadamente lo comenta mi compañero forista zutareko (le envió un cordial saludo) usted debe demandar el otorgamiento y firma de escritura, que es un trámite rápido y no muy caro, y en caso de rebeldía del vendedor el C. Juez firmara la escritura, no omito mencionarle que un buen abogado debe saber cómo salvar algunos obstáculos y evitar el pago de edictos
En caso de duda quedo a la espera de su contacto
Cordialmente
Talento, pasión y trabajo
Lic José Juan Aguilera
TEL. 13 26 15 38 (Méx. D.F.)
al 044 55 20 66 82 81
tuamigoabogado arroba y a h o o. com. mx
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