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  • Consulta : 101418
  • Autor : zutareko
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  • Autor
    Respuesta No: 210359

  • zutareko
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    la prueba de adn es prueba ofrecida por parte, pueden objetarla con otra prueba contradiciendo la primera, el juez nombra un perito en discordia (tercer perito) a fin de conocer un dictamen no de parte ,sino nombrado por la instancia. si dos peritos estan de acuerdo  en los terminos de  su informe  y entender , entonces esa prueba es colegiada y toma mas valor.

     

    en este caso hay acta de nacimiento con el nombre  del padre y ya la reconocio ante el juzgado ,hay fe publica que  le fijaron pension , entonces la consultante este tranquila