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AutorRespuesta No: 209132
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Fecha de respuesta: Lunes 07 de Febrero de 2011 11:16 2011-02-07 11:16 desde IP: 189.217.127.251
Distinguida adsan
Las lesiones que usted refiere dejan cicatriz perpetua en rostro y se les denomina públicas, porque se persiguen de oficio y el probable responsable no tiene el beneficio de la libertad provisional bajo caución o fianza
Su Señor Padre es una persona de la tercera edad, con una enfermedad crónica degenerativa que altera sus nervios usted y su abogado deben acreditar que la lesión que presenta su consanguínea es producto de la defensa de su señor padre al repeler una agresión real y puede ofrecer la prueba de descargo consistente en la Pericial Científica en Materia de Criminalística, relativo a la Posición Victima Victimarioy de mecánica de lesiones para determinar el mecanismo de la contusión y determine que fue en defensa propia, y la pericial científica en medicina forense para determinar que el traumatismo facial directo con agente duro de borde irregular, son de los producidos en riña al estarse disando la posesión y dominio sobre el taladro
Su padre no puede ser detenido al declarar no se preocupe pero debe estar asesorado y asistido por un profesional y evitar mayores problemas y a su vez querellarse por las lesiones que el presenta y la violencia sobre el por parte de su consanguínea
En caso de duda quedo a la espera de su contacto
Cordialmente
Talento, pasión y trabajo
Lic José Juan Aguilera
TEL. 13 26 15 38 (Méx. D.F.)
al 044 55 20 66 82 81
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