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  • Consulta : 100870
  • Autor : Sergio Orea
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  • Autor
    Respuesta No: 208875

  • Sergio Orea
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    No, la sentencia no es como la escritura, una vez obtenida ésta se debe de protocalizar ante notario público y una vez heho esto e inscribe en el registro público de la propiedad, esto por que así la ley lo establece.