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  • Consulta : 100830
  • Autor : SHREK
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  • SHREK
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    (Resumen de Actividades)

    Estimado consultante, primeramente no mensiona si la incapacidad fue como enfermedad general o probable riesgo de trabajo, a un así le comento que a unque hubiera sido enfermedad general, ésta le corresponde pagarla el seguro social, ya que ellos le cubren a partir del cuarto día de incapacidad y si fuera en caso de probable riesgo de trabajo el seguro le cubre a partir del primer día, por lo cual al patron no le corresponde cubrir dicha incapacidad.