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AutorRespuesta No: 208756
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Fecha de respuesta: Viernes 04 de Febrero de 2011 10:57 2011-02-04 10:57 desde IP: 187.131.177.195
Estimado consultante:
El silogismo jurídico y la ley indican que nadie está obligado a probar hechos negativos, salvo que, su negativa implique a la vez la afirmación de un hecho. Debido a este principio, el actor debe probar que entregó dicha suma ( aunque desde luego ya tiene a su favor la cláusula respectiva del contrato ), en tanto que Usted debió objetar y desvirtuar el documento y su contenido.
Si en el contrato informal de compraventa actuaron testigos y el testimonio de ellos fue el que Usted ofreció y desahogó a su favor, el documento y su contenido quedará en entredicho, si a la vez Usted cumplió procesalmente con su deber de objetar el o los documentos base de la acción.
Si Usted ofreció y desahogó el testimonio de personas ajenas a las intervinientes en el acto jurídico en cuestión, su dicho será valorado en términos de las disposiciones de este tipo de pruebas, entre las que destaca aquella que dispone que los testigos deben ser contestes, es decir uniformes en sus testimonios, sus respuestas deben ser espontáneas y no inducidas y sobretodo deben dar razón fundada, congruente con las circunstancias de modo, tiempo y lugar de los hechos y, en una palabra, debe ser un testimonio creíble.
Suerte.
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