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  • Consulta : 100682
  • Autor : SHREK
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    Respuesta No: 208629

  • SHREK
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    (Resumen de Actividades)

    Estimado consultante le informo:

    Que el donante se puede desistir a unque ya se haya firmado ante notario publico (me imagino que así realizo la donacion) el donante cuenta con cinco años posteriores a la donacion, para retraerse de la acción.

    Cabe mensionar que el cambio de regimen se realiza en el juzgado civil a peticion de los interesados y es hay a donde le informaran el tramite a seguir y el costo.