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  • Consulta : 100677
  • Autor : Rosen
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  • Autor
    Respuesta No: 208626

  • Rosen
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

     

    Mí estimado consultante:

    Mire, le transcribo la normatividad aplicable la cual le aclara sus dudas, lo que sucede es que tienen estas Cámaras algunos servicios para dar cumplimiento  a otros requerimientos que si son de obligatoriedad, y es por eso que luego se aprovechan y abusan.

    LEY DE CÁMARAS EMPRESARIALES Y SUS CONFEDERACIONES

    Artículo 17.- La afiliación a las Cámaras será un acto voluntario de los Comerciantes e Industriales.

    Artículo 30.- Todos los Comerciantes e Industriales, sin excepción y obligatoriamente, deberán de registrar y actualizar anualmente cada uno de sus establecimientos en el SIEM.

    SALUDOS