- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 100677
- Autor : Rosen
- Consultas en Foro: 50
- Respuestas en Foro: 2098
- Vox Populi:
Política: 0
Derecho:
Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 6903
-
: 97 % -
: 2 %
-
AutorRespuesta No: 208626
-
Fecha de respuesta: Jueves 03 de Febrero de 2011 16:55 2011-02-03 16:55 desde IP: 189.181.74.167
Mí estimado consultante:
Mire, le transcribo la normatividad aplicable la cual le aclara sus dudas, lo que sucede es que tienen estas Cámaras algunos servicios para dar cumplimiento a otros requerimientos que si son de obligatoriedad, y es por eso que luego se aprovechan y abusan.
LEY DE CÁMARAS EMPRESARIALES Y SUS CONFEDERACIONES
Artículo 17.- La afiliación a las Cámaras será un acto voluntario de los Comerciantes e Industriales.
Artículo 30.- Todos los Comerciantes e Industriales, sin excepción y obligatoriamente, deberán de registrar y actualizar anualmente cada uno de sus establecimientos en el SIEM.
SALUDOS
-
Autor





