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AutorRespuesta No: 208557
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Fecha de respuesta: Jueves 03 de Febrero de 2011 10:07 2011-02-03 10:07 desde IP: 201.110.78.155
Como bien le señala el Lic. Smart, con las copias certificadas de la sentencia dictada por el TFJFA, puede iniciar 2 acciones 1) acudir ante la autoridad que publica la sancion en la pagina de internet a efecto de que den de baja ese boletin y por tanto lo deje sin efecto, y 2) en caso de negativa les puede iniciar un procedimiento de responsabilidad patrimonial, tal y como acertadamente le recomiendan.
Consulte personalmente a lic en derecho para que este le asesore y represente de la mejor manera y salga bien librado del problema que ahora le aqueja.
Saludos cordiales.
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