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AutorRespuesta No: 208478
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Fecha de respuesta: Miércoles 02 de Febrero de 2011 20:57 2011-02-02 20:57 desde IP: 189.234.91.79
1.-Si, el puede acudir por propio derecho
2.-No, ahora debe esperar a sentencia; ¿por que no aseguro el pago en su momento?
3.-¿La Confesional para que? La accion ejecutiva se lleva a cabo en base a un documento con aparejada ejecucion, la Confesional es irrelevante
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