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  • Consulta : 100537
  • Autor : LIC. BENITEZ
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  • Autor
    Respuesta No: 208468

  • LIC. BENITEZ
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Lo primero que tienes que hacer es promover informacion testimonial para acreditar el cuncubinato, posteriormente puedes solicitar pension por derecho propio ya que mencionas que te encuentras incapacitada para trabajar obiamente lo tienes que acreditar con dictamenes medicos el tiene la obligacion de darte pension alimenticia siempre y cuando no vuelvas a reacer tu vida con otra pareja.

     En cuanto a tus hijos como ya son mayores de edad, tienen que solicitar esa medida de  pension alimenticia por derechos propios ya que la obligacion del deudor alimentista termina cuando los hijos dejen de estudiar, que contraigan nupcioas o que hagan vida con alguien y tengan hijos, o en su caso hasta que terminen una carrera profesional y vivan del salario producto de la profesion que desempeñen.