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  • Consulta : 100438
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 208385

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    En respuesta a su coinsulta, le informo.

    Si usted presente su renuncia voluntaria al trabajo,  no tiene derecho a una liquidación, sino al pago de un finiquito.

    Elfiniquito debe comprender las siguientes prestaciones:

    Vacaciones y prima vacacional correspondientes al último año de servicios prestados, en caso de que nole hayan otorgado las primeras y tampoco le hubieran pagado la segunda;

    Vacaciones y prima vacacional proporcionales al tiempo que haya laborado, a partir del último año de servicios cumplidos, ala fecha en que presente su renuncia voluntaria.

     El pago de la parte proporcional de aguinaldo 2011,  a razón de 1.25 díasdeaguinaldo por cada mes trabajado.

    Prima de antigüedad, consisntente en doce días de salario por cada año de servicios prestados (en su caso, serían 240 días por los veinte años), concepto que se paga con un salario máximo equivalente a dos veces el salario mínimo del área geográfica en que se ubique el centro de trabaho, en caso que su salario sea superior a esa cantidad;

    Los sueldos y prestaciones ordinarias devengadas a la fecha de la renuncia, que no le hayan sido pagadas.

    En caso de que usted desee renunciar y no le sean pagadas en forma inmediata las anteriores prestaciones, proceda desde luego a asistirse de un abogado especialista en derecho laboral, a fin de que inicie los trámites legales necesarios, con la presentación de  la demanda ante la Junta de Conciliación y Arbitraje que corresponda.

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