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Fecha de respuesta: Miércoles 02 de Febrero de 2011 12:09 2011-02-02 12:09 desde IP: 189.221.76.94
Estimado consultante, usted no tiene que promover ningun tipo de guarda y custodia... es mas provisionalmente solo ocurre en la mente del forista que me antecede.... dado que promover la guarda y custodia seria entablar un juicio en el que no obtendra nada.... dado la edad de la menor...
Lo que usted puede demandar es; LA PERDIDA DE LA PATRIA POTESTAD DE SU CONYUGE SOBRE EL MENOR; acreditando fehacientemente los malos tratamientos o abandonos de deberes, que COMPROMETAN LA SALUD, LA SEGURIDAD O MORALIDAD DE LOS HIJOS... de ninguna manera es un juicio facil... pero es suceptible de acreditar con fe de hechos que pudiera hacer previas al juicio con el MP, o en diligencias que pudieran certificar personal actuante del juzgado...
Saludos!!
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