Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 100367
  • Autor : LicVelazquez
  • Consultas en Foro: 6
  • Respuestas en Foro: 1006
  • Vox Populi: Política: Derecho: Anecdotario:
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 5556
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 208275

  • LicVelazquez
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Estimada consultante:

    No es factible que se proceda a vender, ceder o enajenar derechos hereditarios que todavía no sean reconocido como tales por un Juez.

    Si entre los herederos existe consentimiento unánime para llevar a cabo la tramitación de los intestados ante Notario Público, también es posible realizar el trámite extrajudicialmente.

    Pero si unos quieren vender y otros conservar los bienes heredados, los intestados solamente podrán llevarse a cabo ante un Juez, pues ante cualquier diferencia entre los herederos, el Notario siempre está obligado a cerrar su trámite y pasar el asunto al tribunal competente.

    Consulte con el abogado de su confianza.

    Saludos cordiales.