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AutorRespuesta No: 208239
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Fecha de respuesta: Martes 01 de Febrero de 2011 17:31 2011-02-01 17:31 desde IP: 201.110.78.155
El articulo 193 de la Ley General de Titulos y Operaciones de Credito establece una pena del 20% por cheques girados sin fondos, por lo que usted esta obligado a cubrirlos
Artículo 193
El librador de un cheque presentado en tiempo y no pagado, por causa imable al propio librador, resarcirá al tenedor los daños y perjuicios que con ello le ocasione. En ningún caso, la indemnización será menor del veinte por ciento del valor del cheque.
Por tanto,. usted no solo tendra que pagar lo que le demandan mas los intereses que se generen, si no ademas los gastos y costas del juicio si asi se le condena, a esto le debera de sumar los honorarios del abogado que lo represente.
Un litigio es un asunto serio y merece que usted le de la seriedad correspondiente, por tanto si usted contesta la demanda y lo hace fuera de tiempo o de forma erronea muy seguramente perdera su juicio y estara obligado a pagar lo que el juez ordene
Por ello es importante que se asesore directamente con un abogado para que establezca con el la mejor defensa a su caso concreto.
Saludos cordiales y estamos asus ordenes
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