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AutorRespuesta No: 208012
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Fecha de respuesta: Lunes 31 de Enero de 2011 18:30 2011-01-31 18:30 desde IP: 189.194.100.169
actor o demandado pueden pedir en su demanda o contestacion la liquidacion de bienes conyugales,si esto no se menciona entonces no es procedente la liquidacion ,debiendo haber expresamente conformidad de ambos antes que el juez dicte, de otro modo seria otro juicio para culminar la liquidacion de bienes ,aunqu en est caso lo segundo seria en el estado oaxaca
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