Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 100038
  • Autor : tuamigoabogado
  • Consultas en Foro: 0
  • Respuestas en Foro: 1627
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 6727
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 208205

  • tuamigoabogado
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

     

    Distinguido Consultante

    Tratándose de hijos de concubinos, no son 60 días sino 300 días, el criterio de nuestro mas alto tribunal lo determino en relación al articulo 383 del Código Civil, recuerde que si ex novia pretende sorprender  a las autoridades i m p u t a n d o l e  una paternidad a usted que no tiene para recibir dinero para una hija que no es de usted, estamos frente a la existencia de elementos contrarios a la buena fe procesal, y que redundan en la distorsión de la verdad de los hechos materia del negocio, en virtud de que versan circunstancias relacionadas con conductas fraudulentas, engañosas, falaces, toda vez que no es su hija por lo que tiene que iniciar un incidente criminal y durante el incidente ofrezca la prueba idónea de paternidad genética, y que se basa en comparar el ADN nuclear de hija y de usted

    Tiene que encontrar un abogado mas ducho y evitar mantener hasta mínimo los 21 años a una personita que no es de usted si no el fruto de una traición, recuerde que su ex novia trae mejor abogado

    En caso de duda quedo a la espera de su contacto

     

    Cordialmente

    Talento, pasión y trabajo

    Lic José Juan Aguilera

    TEL. 13 26 15 38 (Méx. D.F.)

    al 044 55 20 66 82 81

    tuamigoabogado arroba y a h o o. com. mx