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Fecha de respuesta: Domingo 30 de Enero de 2011 01:41 2011-01-30 01:41 desde IP: 189.217.139.33
Usted no puede suspender el procedimiento de averiguacion previa, usted no es la autoridad, el ministerio publico es el titular, la suspension se da en casos y condiciones en que no se pueda llevar o desahogar una diligencia, ordenando el MP el envio de la averiguacion a reserva. Ahora bien si usted hizo la denuncia o querella de los hechos mediante escrito, no comparezca a ratificarlo asi se tendra por no presentada y no pasa nada. Si ya la ratifico ante el MP y si es procedente el perdon otorguelo, pero aqui no se suspende, se termina en definitiva el procedimeinto de averiguacion previa.
Espero le haya ayudado en su consulta
Lic. Roberto Gurbi
Cel. 5525169916
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