Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 401
  • Autor : tuamigoabogado
  • Consultas en Foro: 0
  • Respuestas en Foro: 1627
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 4441
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 692

  • tuamigoabogado
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Distinguido Lavirgenmehabla

     

    El franquiciador tiene la obligación de respetar los términos que desde hace 2 años venia operando, y la  regalía o royaltie debe ser la pactada en su contrato inicial y es fácil obligarlo a respetarle a usted sus derechos

     Si no le surten el producto o sus insumos, usted al seguir utilizando la marca comercial, a la que tiene derecho pues le cedieron la licencia de marca y los signos de identificación de la misma, logotipo, colores corporativos, se perderá el prestigio ganado, pues al ya no someterse al control del franquiciador, no se puede preservar la imagen de marca de la empresa franquiciada, lo mas seguro es no se sigan  manteniendo el comportamiento y los requisitos estéticos y de limpieza en los establecimientos y tal vez ya no se respete los métodos comerciales y el 'know-how' transmitido, por lo que le conviene al franquiciador, llevársela  bien con usted

     

    En caso de duda quedo a la espera de su contacto

    atte.

    Talento, pasión y trabajo

    Lic  José Juan Aguilera  

    TEL.  13 26 15 38   (Méx. D.F.)

    al 044 55 20 66 82 81

    tuamigoabogado arroba  y a h o o. com. mx