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  • Consulta : 381
  • Autor : DELGADO Y ASOCIADOS
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  • Autor
    Respuesta No: 659

  • DELGADO Y ASOCIADOS
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    hola mira eso es variable si el juez acepto la consignacion puede ser muy rapido porque existe la posibilidad que el juez regrese la consignacion por falta de elementos y para la prescripcion te debes basar en los años de prision que establezca el codigo a todos los delitos que son graves o de oficio la mayoria de las veces los jueces obsequian la orden de aprehension y en caso de delitos culposos el juez puede girar solo presentacion pero el delito de robo esta tipificado como grave y de oficio.