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  • Consulta : 336
  • Autor : LIC ESTRADA
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  • Autor
    Respuesta No: 558

  • LIC ESTRADA
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Hola: Lamento decirle que usted tiene varias imprecisiones en su consulta, ya que en muchos de los casos la propiedad de un vehiculo se acredita con una simple carta factura y las joyas pues mediante unos testigos de propiedad y falta posterior de lo robado, ahora bien menciona usted que el Fiscal no respeto plazos, creo que usted ha entendido mal esos plazos pues el Mp tiene 48 Horas para consignar o dejar en libertad, pero este termino no quiere decir que deba forzosamente agotar esos plazos, y por ello consigno y traslado antes del plazo a que usted se refiere. ahora bien ellos dentro de la diligencia de su declaracion preparatoria tuvieron la oportunidad de duplicar eol termino con la finalidad de aportar pruebas a su favior como esos testigos a que hace referencia.... pero sino casi es un hecho que les dictaran el Auto de sujecion a proceso..... en torno a Delincuencia Organizada... es definitivo no existe, mas bien es otra figura juridica, pero no delincuencia... y si ellos ya tienen abogados, a ellos es a quienes debe dejar trabajar, pero eso si debe saber si cuentan con la experiencia para llevar ese tipo de asuntos.....mucha suerte para ellos

    LIC. ESTRADA email: despachoestrada arroba hottmail

    cel. 55 43442775