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  • Consulta : 243
  • Autor : CHIAPAS
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  • Autor
    Respuesta No: 427

  • CHIAPAS
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Como gobernados tenemos una serie de garantias individuales consagradas en la Constitución Politica de los Estados Unidos Mexicanos, como bien dice el LIC. Estrada, a quien mando un saludo desde el sureste de la republica, luego entonces el articulo 16 de la Constitución contempla las garantias de legalidad, requisitos para las ordenes de detención y aprehención, así como para los cateos y visitas domiciliarias e inviolavilidad de comunicaciones privadas, por lo que se refiere al cateo solo la autoridad judicial podra expedirla y sera escrita entre otros requisitos, por lo que la autoridad que penetre a un domcilio sin reunir los requisitos establecidos en este precepto constitucional, estara violando garantias individuales y de igual forma dichas autoridades pueden incurrir en el delito de Abuso de Autoridad, espero que esta opinión te sea de utilidad. Gracias.