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AutorRespuesta No: 3603
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Fecha de respuesta: Jueves 01 de Septiembre de 2016 12:02 2016-09-01 12:02 desde IP: 189.217.88.244
Hola buen dÃa. Antes de celebrar un contrato de prestación de servicios, tendrÃan que dar por terminado el contrato individual de trabajo por tiempo indeterminado, siendo que se trata de dos relaciones de naturaleza diversa. Lo anterior, toda vez, que el contrato que tiene actualmente es de naturaleza laboral, mientras que el contrato de prestación de servicios es de naturaleza civil, y consecuentemente este último no contempla prestaciones de carácter laboral. Quedo a sus ordenes. Buen dÃa.
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