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  • Consulta : 3652
  • Autor : lic.higareda
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  • Autor
    Respuesta No: 3566

  • lic.higareda
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Hola Buen día. En atención a tu consulta te comento que en atención a la Ley Federal del Trabajo la jornada legal nocturna es de 7 horas diarias, con un día de descanso a la semana. Por otro lado, es obligación del patrón otorgar una media hora de descanso para tomar alimentos a sus empleados, sin que dicho tiempo tenga que ser retribuido por los mismos posteriormente. Espero haberte ayudado. Saludos.