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AutorRespuesta No: 3135
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Fecha de respuesta: Miércoles 14 de Noviembre de 2012 14:20 2012-11-14 14:20 desde IP: 189.137.114.134
En efecto con el nacimiento de su hijo se acredita el concubinato; y por lo tanto se trata de una industria familiar por lo cual no le es aplicable la ley federal del trabajo de conformidad a los art. 351 al 353 de la misma ley; pero si fuera el caso de la demanda lo recomendable es atenderla oportunamente para que pueda excepcionarse en ese sentido; suerte.
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