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  • Consulta : 86
  • Autor : LicRosalesGarcía
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  • Autor
    Respuesta No: 142

  • LicRosalesGarcía
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Sra. Cutisita
    Aun con la falta de información suficiente par darle una respuesta concreta, le propongo dos respuestas:
    1.- Lo que su hermano debe de realizar es demandar la convivencia con sus menroes hijos, con la finalidd de que un  juez familiar determine los días y los horarios de visita, consignar ante el juzgado la cantidad que su hermano este dispuesto a darle a sus hijos por concepto de alimentos (para no incurrir en el delito de incumplimiento de la obligación de dar alimentos);
    2.- En el supuesto de que su cuñada haya abandonado el domicilio conyugal, denuncie ante la procuraduria del estado, la sustracción de los menores con la finalidad de que procedan a la busqueda de su cuñada y en caso de que la procuraduria o un agente del ministerio especializado en delitos familiares encuentre que si se cometio el delito de sustracción de menores, proceda su consignación ante un juez y esté libre una orden de aprehensión encontra de su cuñada y su hermano este en condiciones de pelear la guardía y custodia de sus menores hijos y la perdisda de la patria potestad de su cuñada en relación con sus hijos.
     
    Lic. Julio César Rosales García.
    Tel. oficina: 922 22 29426             e-mail: "abogado_jus">abogado_jus
    Minatitlán, Veracruz.