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- Autor : LicRosalesGarcÃa
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AutorRespuesta No: 142
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Fecha de respuesta: Miércoles 11 de Agosto de 2010 11:52 2010-08-11 11:52 desde IP: 189.133.69.224
Sra. Cutisita
Aun con la falta de información suficiente par darle una respuesta concreta, le propongo dos respuestas:
1.- Lo que su hermano debe de realizar es demandar la convivencia con sus menroes hijos, con la finalidd de que un juez familiar determine los días y los horarios de visita, consignar ante el juzgado la cantidad que su hermano este dispuesto a darle a sus hijos por concepto de alimentos (para no incurrir en el delito de incumplimiento de la obligación de dar alimentos);
2.- En el supuesto de que su cuñada haya abandonado el domicilio conyugal, denuncie ante la procuraduria del estado, la sustracción de los menores con la finalidad de que procedan a la busqueda de su cuñada y en caso de que la procuraduria o un agente del ministerio especializado en delitos familiares encuentre que si se cometio el delito de sustracción de menores, proceda su consignación ante un juez y esté libre una orden de aprehensión encontra de su cuñada y su hermano este en condiciones de pelear la guardía y custodia de sus menores hijos y la perdisda de la patria potestad de su cuñada en relación con sus hijos.
Lic. Julio César Rosales García.
Tel. oficina: 922 22 29426 e-mail: "abogado_jus">abogado_jus
Minatitlán, Veracruz.
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