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  • Consulta : 4924
  • Autor : LIC.JORGERAMFLOW
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    Respuesta No: 5982

  • LIC.JORGERAMFLOW
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Se deben de realizar informaciones testimoniales que tiendan a acreditar la relación filial de su madre y tíos, y acreditar con actas de matrimonio, documentos públicos o privados que sus abuelos fueron y fungieron como padres de su madre y tíos, y ya en el juicio sucesorio, ingresar dichas actuaciones, para que se nombre albacea.